¿Y EL LÚPULO ORGÁNICO IMPORTADO?
¿Los productos orgánicos de EE. UU. cumplen los mismos requisitos que los productos orgánicos de la Unión Europea? ¿Son todos los productos orgánicos iguales?
Aquí tenéis un ejemplo de una pregunta que quizás os estéis haciendo, o al menos algunos de vosotros nos la estáis haciendo, así que pensamos que podría ser útil aclarar algunos puntos 😉
Esa es una buena pregunta, sobre todo teniendo en cuenta que en Francia el 30% de los productos ecológicos que se consumen provienen del extranjero. Así que no se trata solo de lúpulo de Estados Unidos o Nueva Zelanda, sino también de plátanos, aguacates, café, té y otros frutos secos… por mencionar solo algunos ejemplos.
En lo que respecta a las especificaciones orgánicas, existen 3 escenarios distintos:
- El lúpulo se produce dentro de la Unión Europea (UE), por lo que todos los productores están sujetos a las mismas normas europeas de agricultura ecológica. Ya sabes, esas que permiten poner la famosa «hoja europea» en las etiquetas 😉
- El lúpulo procede de países con normativas ecológicas nacionales comparables a las de la UE, por lo que las especificaciones se consideran equivalentes y los productos ecológicos de estos países se consideran ecológicos en la UE ( siempre que se siga el procedimiento de importación correspondiente ). Para comercializarse como tales, los productos ecológicos importados a la Unión Europea deben cumplir las normas de producción y estar sujetos a las disposiciones de control estipuladas por la normativa europea. La Comisión Europea ha elaborado una lista de terceros países (fuera de Europa) y organismos de control que aplican normas de producción y disposiciones de control equivalentes a las estipuladas por la normativa ecológica europea. Los productos importados también deben ir acompañados de un certificado expedido por un organismo de control autorizado en el Estado miembro donde se encuentre el importador.
- El lúpulo procede del extranjero sin una normativa ecológica nacional comparable a la de la UE , en cuyo caso debería estar certificado en esos países y, posteriormente, ser sometido a controles a su llegada a Europa.
Así que, por lo que a nosotros respecta, hay dos cosas que debemos recordar:
- Por lo tanto, las especificaciones no son exactamente las mismas entre los países de la UE y los que no pertenecen a la UE: se trata de equivalencias que son validadas (o no) por la Comisión Europea;
- Para importar productos orgánicos a la Unión Europea, es necesario seguir un procedimiento muy específico. Si no se sigue este procedimiento, los productos se consideran convencionales y NO pueden reclasificarse como orgánicos. Si bien reconocemos que pueden tener un carácter orgánico, no contarán con la certificación orgánica oficial.
- Actualmente, en HOPSTORE encontrarás lúpulo procedente tanto de la Unión Europea como del extranjero, de países cuyas normativas ecológicas son consideradas equivalentes a las nuestras por la UE. ¡Pero es posible que en el futuro también nos abastezcamos de otros lugares!
Fuentes:




