Cervezas orgánicas, lúpulo convencional y exenciones: hagamos un balance.
Dado que no todos los lúpulos están disponibles en cultivo orgánico, y la disponibilidad suele ser menor que la demanda, se ha establecido un sistema de exenciones para permitir a los cerveceros seguir produciendo sus cervezas, utilizando sus recetas y la etiqueta orgánica, incluso si el lúpulo en sí no es orgánico. Sí, pero…
Lo que dice la ley
El artículo 25 establece el marco
Autorización por parte de los Estados miembros del uso de ingredientes agrícolas no ecológicos en alimentos ecológicos procesados.
1. Si fuera necesario para garantizar el acceso a determinados ingredientes agrícolas y cuando estos no estuvieran disponibles en cantidades suficientes en forma ecológica, un Estado miembro podrá, a petición de un operador, autorizar provisionalmente el uso de ingredientes agrícolas no ecológicos para la producción de alimentos ecológicos procesados en su territorio durante un período máximo de seis meses . Esta autorización se aplica a todos los operadores de dicho Estado miembro.
2. El Estado miembro de que se trate notificará inmediatamente a la Comisión y a los demás Estados miembros cualquier autorización concedida para su territorio de conformidad con el apartado 1, mediante un sistema informático puesto a disposición por la Comisión que permita el intercambio de documentos e información.
3. El Estado miembro en cuestión podrá prorrogar la autorización prevista en el apartado 1 por un máximo de dos períodos de seis meses cada uno , siempre que ningún otro Estado miembro haya planteado una objeción indicando , mediante el sistema a que se refiere el apartado 2, que estos ingredientes están disponibles en cantidad suficiente en forma biológica.
4. Una autoridad u organismo de supervisión reconocido de conformidad con el artículo 46, apartado 1, podrá otorgar, por un período máximo de seis meses, una autorización provisional, en el sentido del apartado 1 del presente artículo, a los operadores de terceros países que la soliciten y estén sujetos a los controles de dicha autoridad u organismo, siempre que se cumplan en el tercer país de que se trate las condiciones establecidas en dicho apartado. La autorización podrá prorrogarse por un máximo de dos períodos de seis meses cada uno.
5. Si, tras dos prórrogas de una autorización provisional, un Estado miembro considera, sobre la base de información objetiva, que la disponibilidad de estos ingredientes en forma biológica sigue siendo insuficiente para satisfacer las necesidades cualitativas y cuantitativas de los operadores, podrá presentar una solicitud a la Comisión de conformidad con el artículo 24, apartado 7.
Artículo 24, párrafo 7.
Cuando un Estado miembro considere que un producto o sustancia debe añadirse o eliminarse de las listas de productos y sustancias autorizados a que se refieren los apartados 1 y 2, o que deben modificarse las especificaciones de uso a que se refieren las normas de producción, deberá garantizar que se transmita formalmente a la Comisión y a los demás Estados miembros un expediente que indique los motivos de dicha adición, eliminación u otra modificación, y que este se haga público, con sujeción al cumplimiento de la legislación nacional y de la Unión en materia de protección de datos.
Fuentes:
Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, relativo a la producción ecológica y al etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 834/2007 del Consejo : https://eur-lex.europa.eu/legal-content/FR/TXT/?uri=CELEX%3A32018R0848#d1e4074-1-1
Lo que dice el mercado
Las grandes cadenas minoristas especializadas en «productos orgánicos» exigen cada vez más que todos los ingredientes de las cervezas que distribuyen estén certificados como orgánicos.
Cada vez más cervecerías orgánicas optan por abastecerse al 100% de materia prima orgánica, a pesar de las dificultades ocasionales de suministro y de una variedad de cervezas que, hasta la fecha, sigue siendo más limitada.
Y entendemos por qué: como consumidores, cuando elegimos un producto etiquetado como orgánico, valoramos que realmente lo sea. No solo desde un punto de vista legal (una tolerancia del 5%, si se concede una exención, para ingredientes no orgánicos en productos etiquetados como orgánicos), sino también en su composición.
La disponibilidad de lúpulo orgánico certificado en el mercado está cambiando gradualmente. Las áreas de cultivo están aumentando y la cantidad de variedades disponibles se está multiplicando. En tres años, la oferta debería igualar la demanda de las variedades más utilizadas. ¡Eso es alentador!




